El pasado 9 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, la cual resulta relevante en materia de garantía del interés fiscal.
Es importante señalar que, en diciembre del año pasado se realizó igualmente reforma al mismo ordenamiento, estableciendo un orden obligatorio para garantizar el interés fiscal, conforme al cual el contribuyente debía, en primer lugar, garantizar mediante billete de depósito emitido por el Banco del Bienestar, hasta por el monto total del crédito fiscal, o conforme a su capacidad económica.
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